Ordena el TEPJF la restitución de candidaturas a indígenas perredistas
María del Carmen Alanis Figueroa, magistrada presidenta de la Sala Superior, lo propuso en el proyecto de resolución, tras analizar que los demandantes demostraron tener arraigo y reconocimiento en sus comunidades, entre otras cosas.
Notimex
Ciudad de México. Miércoles 10 de junio de 2009
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó, por unanimidad, tres resoluciones de la Comisión Nacional de Garantías (CNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD), que negaron la inclusión de tres militantes como candidatos a diputados plurinominales con el carácter de representantes indígenas en las circunscripciones electorales cuarta y quinta, por presuntamente no haber acreditado dicho origen.
María del Carmen Alanis Figueroa, magistrada presidenta de la Sala Superior, lo propuso en el proyecto de resolución, tras analizar que los demandantes demostraron tener arraigo y reconocimiento en sus comunidades y hablar una lengua indígena –lo que el partido desestimó-, además de que ni los estatutos del partido ni las leyes mexicanas exigen demostrar por ningún medio el origen étnico de los ciudadanos para efectos electorales; en consecuencia, se ordenó al instituto político incluirlos en los primeros bloques de 10 y 13 candidatos de las listas correspondientes a la cuarta y quinta circunscripciones plurinominales.
Fuente : La Jornada
María del Carmen Alanis Figueroa, magistrada presidenta de la Sala Superior, lo propuso en el proyecto de resolución, tras analizar que los demandantes demostraron tener arraigo y reconocimiento en sus comunidades, entre otras cosas.
Notimex
Ciudad de México. Miércoles 10 de junio de 2009
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó, por unanimidad, tres resoluciones de la Comisión Nacional de Garantías (CNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD), que negaron la inclusión de tres militantes como candidatos a diputados plurinominales con el carácter de representantes indígenas en las circunscripciones electorales cuarta y quinta, por presuntamente no haber acreditado dicho origen.
María del Carmen Alanis Figueroa, magistrada presidenta de la Sala Superior, lo propuso en el proyecto de resolución, tras analizar que los demandantes demostraron tener arraigo y reconocimiento en sus comunidades y hablar una lengua indígena –lo que el partido desestimó-, además de que ni los estatutos del partido ni las leyes mexicanas exigen demostrar por ningún medio el origen étnico de los ciudadanos para efectos electorales; en consecuencia, se ordenó al instituto político incluirlos en los primeros bloques de 10 y 13 candidatos de las listas correspondientes a la cuarta y quinta circunscripciones plurinominales.
Fuente : La Jornada