Avala Tribunal a plurinominales del PAN
El tribunal electoral desechó una queja de allegados a Espino
Guadalupe Irízar
Ciudad de México. Viernes 1 de mayo de 2009
Los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmaron la designación de candidatos plurinominales por parte del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, al desestimar los agravios que había presentado Érik Porres, ex secretario particular del ex dirigente nacional panista Manuel Espino, en contra del acuerdo de la dirigencia panista del 14 de abril.
El recurso de apelación del panista incluyó la impugnación de los 15 candidatos plurinominales del PAN que encabezan tres de las cinco circunscripciones electorales federales.
"Único. Se confirma el acuerdo emitido por el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional por el cual se aprobaron las listas de candidatos a diputados federales por el principio de presentación proporcional para participar en el Proceso Electoral 2008-2009", señala la sentencia aprobada.
Por unanimidad pero sin discusión pública, los magistrados apoyaron la propuesta de sentencia del magistrado ponente Flavio Galván, que desestimó los agravios alegados por la gente de Espino a propósito del acuerdo del CEN panista del 14 de abril.
"Aduce el demandante que el órgano partidista responsable designó, sin un procedimiento previo, las fórmulas de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional que quedaron en los primeros tres lugares de las cinco listas de circunscripción plurinominal, por lo que, sin tomar en consideración el contenido de la invitación a la ciudadanía y militancia..., interpretó incorrectamente el artículo 42 de los Estatutos Generales, además de que violó los principios de certeza, objetividad e imparcialidad", expuso del secretario Alejandro Ponce de León.
"Al respecto la ponencia, estima que no le asiste la razón al demandante, toda vez que de la vigente normativa del Partido Acción Nacional no se advierte que exista un trámite o procedimiento específico para hacer las propuestas de fórmulas de candidatos a diputados federales de representación proporcional a ocupar las tres primeras posiciones de la lista de cada una de las cinco circunscripciones plurinominales", se indica en la resolución.
La sentencia establece que aun en ese caso, "aunque breve y sencillo", el CEN sí cumplió un trámite que consistió en recibir las propuestas del presidente de dicho órgano directivo, que luego fueron aprobadas.
"Se interpretó y aplicó correctamente el artículo 42 del Estatuto del partido, en relación con el numeral 85 de su Reglamento de Selección de Candidatos", indicó el Tribunal.
Sobre el agravio alegado en el recurso de apelación en el sentido de que pudiera haber incumplimiento de requisitos de los candidatos elegidos por el Comité, los magistrados consideraron que en el escrito no se precisó qué requisitos se consideran incumplidos.
"En el caso, sí se cumplieron los principios de certeza, objetividad e imparcialidad sin que se acredite en autos que el órgano partidista responsable hubiera incurrido en violación a los artículo 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 64 de los Estatutos del Partido Acción Nacional", señaló el acuerdo avalado por los magistrados.
El Tribunal, además, declaró "inoperante" el agravio alegado en el recurso de apelación en el sentido de que la designación de los plurinominales panistas violó los artículos 26 y 29 del reglamento de Selección de Candidatos del PAN.
"Las citadas disposiciones reglamentarias regulan temas diferentes a los que constituyen la litis del juicio que se resuelve", se añadió en la sentencia.
Fuente : Grupo Reforma
El tribunal electoral desechó una queja de allegados a Espino
Guadalupe Irízar
Ciudad de México. Viernes 1 de mayo de 2009
Los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmaron la designación de candidatos plurinominales por parte del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, al desestimar los agravios que había presentado Érik Porres, ex secretario particular del ex dirigente nacional panista Manuel Espino, en contra del acuerdo de la dirigencia panista del 14 de abril.
El recurso de apelación del panista incluyó la impugnación de los 15 candidatos plurinominales del PAN que encabezan tres de las cinco circunscripciones electorales federales.
"Único. Se confirma el acuerdo emitido por el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional por el cual se aprobaron las listas de candidatos a diputados federales por el principio de presentación proporcional para participar en el Proceso Electoral 2008-2009", señala la sentencia aprobada.
Por unanimidad pero sin discusión pública, los magistrados apoyaron la propuesta de sentencia del magistrado ponente Flavio Galván, que desestimó los agravios alegados por la gente de Espino a propósito del acuerdo del CEN panista del 14 de abril.
"Aduce el demandante que el órgano partidista responsable designó, sin un procedimiento previo, las fórmulas de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional que quedaron en los primeros tres lugares de las cinco listas de circunscripción plurinominal, por lo que, sin tomar en consideración el contenido de la invitación a la ciudadanía y militancia..., interpretó incorrectamente el artículo 42 de los Estatutos Generales, además de que violó los principios de certeza, objetividad e imparcialidad", expuso del secretario Alejandro Ponce de León.
"Al respecto la ponencia, estima que no le asiste la razón al demandante, toda vez que de la vigente normativa del Partido Acción Nacional no se advierte que exista un trámite o procedimiento específico para hacer las propuestas de fórmulas de candidatos a diputados federales de representación proporcional a ocupar las tres primeras posiciones de la lista de cada una de las cinco circunscripciones plurinominales", se indica en la resolución.
La sentencia establece que aun en ese caso, "aunque breve y sencillo", el CEN sí cumplió un trámite que consistió en recibir las propuestas del presidente de dicho órgano directivo, que luego fueron aprobadas.
"Se interpretó y aplicó correctamente el artículo 42 del Estatuto del partido, en relación con el numeral 85 de su Reglamento de Selección de Candidatos", indicó el Tribunal.
Sobre el agravio alegado en el recurso de apelación en el sentido de que pudiera haber incumplimiento de requisitos de los candidatos elegidos por el Comité, los magistrados consideraron que en el escrito no se precisó qué requisitos se consideran incumplidos.
"En el caso, sí se cumplieron los principios de certeza, objetividad e imparcialidad sin que se acredite en autos que el órgano partidista responsable hubiera incurrido en violación a los artículo 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 64 de los Estatutos del Partido Acción Nacional", señaló el acuerdo avalado por los magistrados.
El Tribunal, además, declaró "inoperante" el agravio alegado en el recurso de apelación en el sentido de que la designación de los plurinominales panistas violó los artículos 26 y 29 del reglamento de Selección de Candidatos del PAN.
"Las citadas disposiciones reglamentarias regulan temas diferentes a los que constituyen la litis del juicio que se resuelve", se añadió en la sentencia.
Fuente : Grupo Reforma